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Miniguía para entender todo sobre Carta Porte


Tal vez ya hayas escuchado hablar o leído en Internet sobre la Carta Porte, pero ¿sabes qué significa realmente y cómo va a funcionar? Traemos para ti los puntos clave y pasos para entender los nuevos cambios autorizados y emitidos por el SAT. 


Primero que nada, debemos entender que la Carta Porte es un documento fiscal digital que se incorporará como complemento en el CFDI emitido por el SAT para justificar el traslado de mercancía dentro del territorio mexicano. 

Puede sonar complicado, pero es más sencillo de lo que suena. Actualmente, los dueños de la mercancía emiten un CFDI, al cual únicamente se le agregará el nuevo complemento Carta Porte para sostener la tenencia legal de los bienes en territorio nacional. 

Con estos dos documentos, se logrará registrar información relevante sobre el transportista, el dueño de la mercancía, el medio y modo de transporte. De esta manera, las autoridades competentes podrán identificar de manera sencilla, eficaz y rápida a los operadores en caso de siniestro, robo o secuestro. 


¿Quiénes están obligados a solicitar este complemento? 

Según el fundamento legal de la Resolución Miscelánea Fiscal, Sección 2.7.7 de la expedición de CFDI con complemento Carta Porte, todos los contribuyentes dedicados al servicio de transporte de carga general y especializada que circulen por vías terrestres, férreas, marítimas y aéreas, y que presten servicios de:

  • Grúas de arrastre.  

  • Paquetería y mensajería. 

  • Traslado de fondos y valores. 

  • Materiales y residuos peligrosos. 

  • Grúas de salvamento de depósito de vehículos. 

  • Otros servicios que impliquen transporte de bienes o mercancías. 

Dicho en términos generales, si tienes ‘X’ mercancía en el lado A y deseas transportarla al lado B, ya sea por medio de transporte propio o de terceros, como dueño de dicha mercancía estás obligado a generar el CFDI y su complemento Carta Porte. 


Ahora bien, ¿qué pasará con la mercancía del extranjero que entre al país? 

Para ellos el proceso será el mismo, tanto trámites y pasos, pero el CFDI será de tipo de traslado más su complemento Carta Porte, expedidos por ellos mismos.  

¿Cuánto tiempo tenemos para esta implementación? Según el portal oficial del SAT y de acuerdo con el Gobierno de México, tenemos un periodo de transición del 1 de enero al 31 de marzo. Esto para emitir correctamente el complemento Carta Porte 2.0, evitando multas y sanciones. Después de dicha fecha, este documento será exigible y obligatorio. 

Sin importar el número de traslados de mercancía que realices al día, semana o mes; el CFDI y el complemento Carta Porte deberán ser emitidos única y exclusivamente por el SAT o un PAC, quienes son los únicos autorizados para producir este complemento. 


Los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), son personas morales que cuentan con la autorización del Servicio de Administración Tributaria para generar y procesar comprobantes para efectos fiscales por medios electrónicos y 100% digitales, fuera del domicilio fiscal del contratante.  

La única diferencia que hay entre expedir un CFDI por medio de la plataforma del SAT y por medio de un PAC, es que operan con documentos distintos, el SAT genera facturas electrónicas mientras que los PACs generan documentos digitales. 

Mérida Soft trabaja con diferentes PAC's para apoyar a las empresas a crear y generar este complemento a través del portal ya establecido en tu empresa o por medio de Odoo.

Para evitar alguna sanción por medio del SAT, no dudes en asesorarte con nosotros. Con gusto te ayudaremos, ya que somos especialistas capacitados. 


#CFDI #CartaPorte #PAC #SAT #Transportes  

Fuentes: 

Complemento Carta Porte 2022 

https://www.tlcasociados.com.mx/cfdi-complemento-carta-porte-en-la-miscelanea-fiscal-2022/#:~:text=%E2%80%9C2.7.7.2%20CFDI%20con%20el,traslado%20de%20bienes%20o%20mercanc%C3%ADas. 

CFF 2022 

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cff.htm 

Gobierno de México 

https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-informa-que-habra-un-periodo-de-transicion-para-emitir-correctamente-la-factura-concomplemento-carta-porte-sinmultasysanciones84-2021?idiom=es 

https://www.sat.gob.mx/consulta/45088/conoce-que-es-un-proveedor-de-certificacion-de-recepcion-de-documentos-digitales 

https://www.sat.gob.mx/consulta/76969/proveedores-autorizados-de-certificacion-(pac%C2%B4s)-#:~:text=Un%20Proveedor%20Autorizado%20de%20Certificaci%C3%B3n,y%20de%20manera%20100%25%20digital. 

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